Catálogo
Casos de uso
Cada tipo de documento tiene su nivel de firma óptimo: SES para documentos internos de bajo riesgo, AES para contratos bilaterales y documentación de transporte.
General
Documentos generales de empresa
Para cualquier sector. Sin configuración adicional.
Acuerdo de confidencialidad interno
SESNDA de bajo riesgo entre empleados; la identidad queda establecida por la relación laboral.
eIDAS Art. 25Aceptación de términos y condiciones
SESAceptación click-through de alto volumen para términos de servicio, privacidad y consentimientos.
eIDAS Art. 25Contrato con proveedor
AESContrato bilateral de riesgo medio; el firmante del proveedor figura nombrado en un contrato marco.
eIDAS Art. 26Contrato de trabajo
AESContrato de trabajo o anexo; la identidad queda anclada por la cadena documental de contratación.
eIDAS Art. 26Transporte y logística
Obligatorio desde 5 sept. 2026Documentos de transporte por carretera
Conformes con Ley 9/2025, Ley 15/2009 y Reglamento (UE) 2020/1056 (eFTI).
Carta de porte / eCMR
AESDocumento de transporte multi-firmante: cargador, porteador, consignatario y conductor.
Ley 9/2025 · eIDAS Art. 26Contrato-tipo de transporte
AESContrato marco entre cargador y porteador con cláusula de revisión de gasóleo y pago a 30 días.
Ley 15/2009 · eIDAS Art. 26Albarán de entrega
AESAcuse de entrega firmado por conductor y consignatario; artefacto práctico de la carta de porte.
Ley 15/2009 Art. 60 · eIDAS Art. 26Acta de incidencia
AESRegistro multi-firmante de incidencia (daño, demora o pérdida); régimen de reservas CMR / Ley 15/2009.
CMR Art. 30 · Ley 15/2009 Art. 60Acta de carga/descarga
AESActa multi-firmante que documenta quién realizó la carga/descarga conforme al Art. 20.4 LOTT.
LOTT Art. 20.4 · eIDAS Art. 26Declaración del conductor
SESDeclaración de un único firmante por turno: tiempos de descanso, acuse Art. 20.4 LOTT, tacógrafo.
LOTT Art. 20.4 · eIDAS Art. 25Niveles de firma
SES y AES según eIDAS
Conforme con el Art. 25 del Reglamento eIDAS. Adecuada para documentos internos de bajo riesgo donde la identidad está establecida por el contexto (relación laboral, control del correo electrónico).
Conforme con el Art. 26 del Reglamento eIDAS. Vinculada únicamente al firmante, permite identificarle, y genera evidencias criptográficas auditables (PAdES-LT + timestamp cualificado).
Los marcos jurídicos detallados de cada caso de uso están en revisión por asesoría legal especializada (COUNSEL-PENDING). Esta tabla es orientativa.
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